La Audiencia Nacional de España volvió a rechazar este jueves la extradición a México de Javier Nava Soria, reclamado por presuntos delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita. Un “error involuntario” del Ministerio de Justicia español, clave en este revés judicial para México.

Pocos días después de la detención en Guatemala del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, acusado de peculado, delincuencia, desvío de decenas de miles de millones de pesos de recursos públicos del estado y delitos electorales, entre otros, la Procuraduría General de la República (PGR) anunciaba el pasado 19 de abril la detención en España de Javier Nava Soria, a quien identificaba como el presunto “contador” del ex mandatario veracruzano.

Un día más tarde, la Policía Nacional española confirmaba su arresto en un motel de la localidad de Cabrils, a las afueras de Barcelona, donde se escondía para eludir la acción de la justicia mexicana y la orden de detención internacional emitida por Interpol en su contra. En un comunicado, las fuerzas de seguridad españolas informaban que a Nava Soria se le acusaba de haber organizado, junto a Duarte y otras personas, un entramado de empresas fantasmas y prestanombres para desviar miles de millones de pesos de dinero público, que inicialmente estaban destinados a salud y educación en Veracruz, y acabaron siendo utilizados para la compra de bienes e inmuebles para Duarte y sus compinches en México y en el extranjero.

“ A Nava Soria se le acusaba de haber organizado, junto a Duarte y otras personas, un entramado de empresas fantasmas y prestanombres para desviar miles de millones de pesos de dinero público, que inicialmente estaban destinados a salud y educación en Veracruz”

Pocas horas después de su detención, Nava Soria era puesto a disposición judicial y enviado a la prisión de Soto del Real, a las afueras de Madrid, a la espera de que se diera inicio al proceso de extradición que debía llevarlo a México para responder a la justicia. Allí permaneció cinco largos meses. Sin embargo, el pasado 21 de septiembre, los jueces de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, después de tomarle declaración, decidieron ponerlo en libertad y rechazar su entrega a México.

¿La razón? Diversos errores en la solicitud de aprehensión y de extradición presentada por la PGR al Ministerio de Justicia español, a través de la Embajada de México en España. Así lo confirma el Auto de los jueces, al que tuvo acceso Espacio Mex. “Este Tribunal constata que en ningún momento, en ninguno de los documentos aportados en la documentación extradicional, ni en la orden de aprehensión, ni en la solicitud formal de extradición, ni en ninguno de los anexos documentales acompañados a la documentación se relaciona hecho alguno que se atribuya al hoy reclamado”, señalaron los magistrados en el auto judicial.

“En ninguno de los documentos aportados en la documentación extradicional se incluye hecho alguno que se atribuya al reclamado”, según la Audiencia Nacional.

La Sala, presidida por el histórico juez de la Audiencia Nacional, Alfonso Guevara, negó su extradición, asegurando que en la documentación extradiciones no se detallaba “hecho alguno cuya comisión se atribuya personal y directamente” al reclamado, tal y como exige el artículo 15.1 del Tratado Bilateral de Extradición entre México y España.

Revés judicial a México

Ese mismo día 21 de septiembre, vestido con un pantalón de mezclilla, camisa a cuadros y sudadera con capucha de color rosa, como muestra la fotografía, Nava Soria compareció ante los jueces en una vista de extradición que apenas duró diez minutos y en la que su defensa pidió su inmediata puesta en libertad alegando, precisamente, que la petición de extradición mexicana incumplía con el requisito de describir su implicación en los hechos de los que se le acusa y porque otros de los detenidos en México por el mismo caso ya han sido puestos en libertad.

Por el contrario, el fiscal español Miguel Ángel Carvallo, representante del ministerio fiscal, se pronunció a favor de que Javier Nava Soria fuera entregado a México, porque el dossier presentado por México “está completo, incluye fotografía, descripción de los hechos, descripción de los delitos equiparables a los del código penal español (blanqueo y pertenencia organización criminal o delincuencia organizada) y los delitos no han prescrito”.

Pero finalmente, los jueces le dieron la razón al reclamado, rechazando la solicitud de extradición de la Fiscalía española y de la PGR, insistiendo una y otra vez: “Este tribunal no ha encontrado en la documentación hecho alguno que se impute al reclamado Javier Nava Soria, sin que baste que en el encabezamiento y calificación de los hechos se mantenga que se le imputa un delito de delincuencia organizada y otro de operaciones con recursos de procedencia ilícita pues, al no constar hecho alguno consignado, este tribunal no puede verificar si concurren en el caso los principios de doble incriminación y mínimo punitivo”, señala el documento.

“Al no constar en la documentación remitida la exposición de hechos atribuidos a la persona reclamada (…..) la entrega solicitada ha de ser denegada”.

Recurso de súplica

La decisión judicial fue todo un revés para la PGR, que pocos días después se apresuró a presentar un recurso de súplica ante una instancia superior, el Pleno de la Sala de lo Penal, para pedir que se rectificara la decisión de los jueces de primera instancia y se procediera a la extradición de Nava Soria. Según fuentes cercanas al caso, en el recurso las autoridades mexicanas invocaron al artículo 16 del tratado de extradición, que estipula que si los documentos enviados con la solicitud de extradición son insuficientes, la parte requerida (en este caso España) debería poner en conocimiento de la requeriente las omisiones o defectos para que puedan ser subsanados. “En esta ocasión no se pusieron en contacto con nosotros, por eso ha sorprendido tanto la resolución”, dice una de las fuentes consultadas por Espacio Méx.

En el recurso presentado el 29 de septiembre se aportaron nuevos documentos y pruebas con los que se esperaba que finalmente la justicia española cambiara su decisión y accediera a entregar a Nava Soria”.

Un “error involuntario” del Ministerio español de Justicia, clave de todo

El caso fue elevado semanas después al juez José Ricardo de Prada Solaesa, designado como magistrado ponente para estudiar el recurso de súplica presentado por el gobierno de México y la Fiscalía de España. Después de estudiar el caso y cotejar las nuevas pruebas aportadas, el 4 de diciembre, De Prada Solaesa aseguró que en realidad las autoridades mexicanas sí remitieron dentro del plazo establecido en el Tratado de Extradición bilateral, a través de su Embajada en Madrid, una Nota Verbal (la nº 1599, con fecha 29 de mayo de 2017) que tuvo su entrada en Ministerio de Asuntos Exteriores. En esa nota verbal del mes de mayo, sí aparecía una descripción de los delitos que se le imputaban a Nava Soria, “breve pero suficiente”, según el magistrado.

El problema es que en el momento en que el Consejo de Ministros aprobó el inicio de la fase judicial de extradición contra Nava Soria, “la Nota Verbal fue desglosada del resto de la documentación acompañante y no fue remitida por el Ministerio de Justicia al juzgado”. Una omisión que el propio magistrado, según consta en los documentos oficiales del caso, atribuye a un “error involuntario”·.

“La Nota Verbal fue desglosada del resto de la documentación acompañante y no fue remitida por el Ministerio español de Justicia al juzgado”, segun el juez Jose Ricardo de Prada Solaesa.

Así, la documentación que llegó a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el 27 de septiembre, efectivamente sólo contenía dos páginas de la nota verbal y no incluía la descripción del delito exigida por el tratado de extradición bilateral. Una omisión de la que tampoco se dieron cuenta a tiempo en la representación de la PGR en la Embajada de México en Madrid. No fue hasta el 3 de diciembre, cuando la Audiencia Nacional recibió la Nota Verbal completa.

 Rechazo definitivo la extradición

A pesar de detectar este “error involuntario”, este jueves, 25 de enero, los 17 jueces del Pleno de la Sala de lo Penal ratificaron la decisión adoptada por la Sección Tercera el 21 de septiembre de 2017, por la cual se rechaza definitivamente, por razones de procedimiento, la extradición a México de Javier Nava Soria, quien podrá recuperar ahora su pasaporte.

El Pleno considera que la documentación aportada por las autoridades mexicanas el 21 de septiembre en este juzgado no cumplía con el tratado bilateral de extradición, puesto que “no dejaba lugar a dudas de la ausencia de hechos atribuidos al reclamado”. Contra esta decisión, a la que sólo se opuso el juez José Ricardo de Prada Solaesa en un voto particular, no cabe recurso por parte de México.

No obstante, la Audiencia Nacional, reconociendo que el rechazo de la extradición se ha debido solo a errores formales, y como circunstancia excepcional, permitirá a México abrir un nuevo proceso para solicitar la extradición de Nava Soria.

Desde la PGR ya se está trabajando en una nueva solicitud en la que se van a incluir nuevos elementos y pruebas, según fuentes diplomáticas consultadas por esta revista. Hasta que México solicite de nuevo su extradición, Nava Soria queda libre y sin cargos en España, pero sobre él sigue pesando una ficha roja de Interpol. Si vuela a otro país, podría ser arrestado y enfrentar un nuevo proceso de extradición.

Fotografías: Juan Carlos Rojas.