El actor Willy Toledo fue juzgado por delitos contra “los sentimientos religiosos”, mientras se pedía la extradición a España del rapero Valtonyc por “injurias a la corona” y por “enaltecimiento del terrorismo”. En este artículo de opinión, el periodista Xavier Caño Tamayo afirma que la reforma del Código Penal y la Ley Mordaza pretenden disuadir a las personas no sólo de expresarse libremente en las redes sociales, sino de expresar reivindicaciones ciudadanas legítimas.

Por Xavier Caño Tamayo.

Hace un par de semanas, un juez procesó al actor Willy Toledo por insultar a Dios y a la Virgen María en mensajes escritos en su página de Facebook. Toledo ha sido procesado por una denuncia de la ultraderechista Asociación Española de Abogados Cristianos. Según el juez, esos comentarios escritos pudieran ser constitutivos de un delito contra los sentimientos religiosos. Tras no presentarse en dos ocasiones a una cita judicial, Toledo fue detenido, interrogado, procesado y puesto en libertad a la espera de juicio.

El informe sobre la libertad de expresión en España, Tuitea si te atreves, de Amnistía Internacional, denuncia la llamada Ley Mordaza y también la reforma del Código Penal porque ambas restringen la libertad de expresión, de reunión y de manifestación. Según Amnistía, por aplicar el Código Penal reformado se ha condenado a artistas y usuarios de redes sociales con el uso abusivo de la acusación del delito de enaltecimiento del terrorismo. Hace siete años la organización terrorista ETA dejó de atentar y ese 2011 solo fue condenada una persona por enaltecer el terrorismo. Pero en 2017 fueron 31 los condenadas y, en 2016, 35. Algo anda mal. Según Amnistía Internacional, la acusación de enaltecer el terrorismo reprime expresiones políticas en las redes sociales.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a España

La situación en España no sólo preocupa a Amnistía Internacional. El Tribunal Europeode Derechos Humanosha condenado a España por sentenciar con cárcel a dos manifestantes jóvenes que quemaron en 2007 fotografías del rey Juan Carlos y su esposa. Esa Corte europea con sede en Estrasburgo considera la sentencia española “una injerencia en la libertad de expresión”ha dictaminado unánimemente que España violó el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos sobre libertad de expresión.

También la Plataforma en Defensa de la Libertad de Expresión (PDLI) denunció las condenas por terrorismo a personas sin vínculo alguno con actividades violentas por opiniones expresadas en redes sociales o letras de canciones. El pasado 2017 ha sido uno de los años con más causas abiertas por apología del terrorismo. La PDLI es una organización cívica para defender las libertades de expresión e información y está integrada por organizaciones de juristas y abogados, de periodistas, asociaciones de consumidores (OCU y CEACCU), profesores de universidad, grupos de investigación, periodistas, cineastas y otros artistas.

Según esta plataforma, 2017 ha sido un annus horribilis para la libertad de opinión y expresión. En el último año y medio, en España se ha condenado a músicos, artistas y usuarios de Twitter por supuesto “enaltecimiento del terrorismo. Así le sucedió al rapero Pablo Hasel, condenado a dos años de prisión por unos tuits y una canción. O al también rapero Valtonyc,al que el Tribunal Supremo ha confirmado una pena de prisión de tres años y medio por“expresiones de apoyo y alabanza a las organizaciones terroristas GRAPO y ETA” y “calumnias e injurias graves a la Corona”.

Detenidos por publicar opiniones

Según Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España, “esas personas han sido detenidas por publicar opiniones críticas, a veces insultantes u ofensivas, pero ninguna que incite a ningún acto terrorista”. Beltrán pidió que se derogue ese articulado del Código Penal. Y para

Virginia Pérez Alonso, presidenta de la PDLI, “cuesta encontrar en la última etapa democrática de España un precedente parecido al grado de represión contra la libertad de expresión al que hemos llegado en este año: se ha enviado a personas a la cárcel por simples canciones o por un tuit”.

Por otra parte, la aplicación de la ley Mordaza ha aumentado los abusos contra la ciudadanía como identificaciones masivas en reuniones pacíficas además de 50.000 multas en tres años, que han recaudado 14 millones de euros por supuestas faltas de respeto a la autoridad o grabar en vídeo actuaciones policiales en la calle.

Las normas por la reforma del Código Penal y la Ley Mordaza sancionan conductas ciudadanas que son legítimas acciones de protesta y no menos legítima expresión de desacuerdo con las autoridades. Movimientos sociales y organizaciones ciudadanas consideran que la Ley Mordaza busca desmovilizar a la ciudadanía más consciente provocando temor para dificultar la expresión de reivindicaciones legítimas. Cabe concluir por tanto que la Ley Mordaza y parte de la reforma penal han devenido una traba para el disfrute de algunos derechos humanos.

Volviendo al caso de Willy Toledo, de ser condenado el actor no iría a prisión pues la presunta ofensa a los sentimientos religiosos se sanciona con una multa. Según la norma penal, la multa puede ser un mínimo de 2 euros por día hasta un máximo de 400 euros diarios. Hagan cálculos.

Si la sanción a Toledo fuera una multa de 8 a 12 meses hay que multiplicar el mínimo de 2 euros por 8 meses y por 30 días y la multa sería de 480 euros. Pero si la sanción es la máxima posible hay que calcular 12 meses por 30 días (360 días) por 400 euros diarios (máxima multa posible) que da como resultado 144.000 euros. Sin comentarios.

Aunque la cuestión más urgente a considerar es si puede haber delitos de opinión en el Código Penal de una sociedad democrática.